Una reciente reforma legislativa obliga
a las empresas a ofrecer
una remuneración mínima a sus accionistas. La
medida ha sido promovida para evitar que accionistas mayoritarios
eviten el reparto de beneficios con el objeto de perjudicar a los
minoritarios que no pueden influir en la administración de la
sociedad. El cobro de dividendos es uno de los derechos económicos
que poseen los accionistas. Además poseen derechos políticos
materializados en la asistencia y voto en las juntas de accionistas.
Pero esos derechos muchas veces quedan
relegados cuando apenas se disponen de un porcentaje minoritario que
impide influir en la gestión de la empresa. Esto lleva a
muchos accionistas a desentenderse de la gestión de la
compañía de la que son copropietarios. Son llamativas
las escasas preguntas y pasividad de los accionistas incluso aunque
se haya empeorado el rendimiento: ejemplo gurus... Incluso se llega a
extremos como la reciente junta de accionistas de la cadena de
supermercados británica Ocado a la que asistió
únicamente ¡una
accionista! Es cierto que también hay otros casos como la
última junta de accionistas de Xstrata en la que un importante
de número de accionistas se oposuieron a la retribución
de los directivos... aunque el resultado final fue el mismo que si no
hubieran acudido al no lograr la mayoría.
De ahí vienen propuestas para
sobreponderar el peso de los minoritarios con el objetivo de
incrementar su peso en las decisiones de la empresa. Es el caso de
establecer límites en los votos que puede efectuar un único
accionista (medida que una reciente reforma legal a dejado sin
efecto) o exigir una permanencia mínima en el capital para
poder ejercer los derechos políticos.
Esta dejadez de los accionistas nos
tendría que hacer reflexionar si los llamados derechos
políticos no traen consigo también algún tipo de
obligación. En un post anterior, Diferencia
entre beneficio y retribución de capital, se comentaba la
idea de Mises de diferenciar dentro
del resultado económico de la empresa la retribución
del capital invertido y el residuo que corresponde al emprendedor.
Cuando una empresa solo pertenece a un emprendedor, es él
quien toma las decisiones, quien recibe la ganancia en caso de éxito
y quien pierde su capital si es un fracaso. Así era el
capitalismo en sus inicios: Adam
Smith y el sueldo de los directivos.
Pero
en las sociedad con múltiples propietarios son los directivos
quien toma las decisiones y los accionistas
quienes pierden sus inversiones en caso de fracaso. En caso de
éxito los accionistas cobran los dividendos y los directivos
cobran su retribución adicional en forma de bonus o stock
options. En muchos casos los directivos reciben enormes retribuciones
aunque la empresa haya sufrido una mala gestión pero es el
mayor control de los accionistas lo que limita
el salario de los directivos y sus
aviones privados. Así que o hacemos que los directivos
arriesguen su patrimonio o exigimos a los accionistas una mayor
implicación si quieren recibir una rentabilidad adicional
sobre los beneficios por encima de la simple retribución del
capital invertido.
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